Provincia de Salta - Rep. Argentina

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Proyectos
Expte.: 91-14509-04
Fecha: 09-11-04
Autor: Liliana Mercedes Guitian
Coautor: María Isabel Pereyra de Chaile, Manuel Santiago Godoy, Nancy del Valle Montero, Mirta Alicia Figueroa, Leopoldo Arsenio Salva, Adriana del Valle Perez y Juan Fracisco Maita.

PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y

Artículo 1°: Declarase el cultivo de la Quinoa como producción originaria y protegida en todo el territorio de la Provincia.
Artículo 2°: Incentivase y promuévase el cultivo del pseudocereal en las regiones aptas para su producción.
Articulo 3°: Fomentase su desarrollo a través de créditos blandos y asistencia técnica para pequeños productores.
Artículo 4°: En caso de que el Poder Ejecutivo provincial decida la incorporación de la quinoa y/o sus derivados, en los módulos alimentarios, deberá priorizar para su adquisición la producción local.
Artículo 5°: Será organismo de aplicación el Ministerio de la Producción.
Articulo 6°: De forma.
F U N D A M E N T O S
La Quinua o quinoa es un seudo cereal, originario de América del Sur. Se cultivaba hace 5.000 años en áreas andinas de Perú, Bolivia y Argentina. Se utilizaba como alimento sagrado y como ofrenda a los dioses indígenas.
El presente proyecto de Ley tiene como principal objetivo la promoción y fomento del cultivo del seudo cereal quínoa, ya que por sus valores nutritivos y su factibilidad climática, tiene a la región andina y la de los Valles como una de las más benéficas a nivel social y cultural.
Importa recuperar un cultivo originario, que además de tener excelentes valores nutritivos implicaría una buena alternativa de diversificación productiva para la región, con alto rendimiento por hectárea y con buen precio de mercado.
A futuro se abren posibilidades para su comercialización con destinos que tienen demanda creciente, tales como la Comunidad Europea, Estados Unidos y países de Oriente como China.
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